
¿Que pasa si interceptan un paquete a mi nombre con algo ilegal?
Que un paquete vaya dirigido a tu nombre y que dentro haya algo ilegal o sospechoso genera mucha ansiedad. ¿Te pueden acusar? ¿Te pueden multar o incluso imputar un delito? Aquí te explico, paso a paso, qué puede pasar, qué derechos tienes y qué medidas prácticas conviene tomar. Al final relató cómo resolvimos un caso real para uno de nuestros clientes.
INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
Andrés Fernández Boudevin
11/13/20253 min read


Qué puede pasar si interceptan un paquete a tu nombre con contenido ilegal
Intervención y quién actúa
Si la paquetería o los servicios de control detectan algo sospechoso (tabaco sin precinta, drogas, armas, etc.), lo normal es que lo intercepte la Guardia Civil, Policía Nacional o la autoridad aduanera y lo pongan a disposición de la Agencia Tributaria / órgano competente.
Se levantan diligencias (actas de aprehensión, actas de reconocimiento) y el paquete queda retenido como prueba.
Distinción fundamental: infracción administrativa vs delito penal
Infracción administrativa: cuando el valor o la naturaleza del bien está por debajo de ciertos umbrales o la conducta encaja en tipos sancionables administrativamente (multas, decomiso). Ejemplo: tabaco sin precintas en cantidades pequeñas/medias.
Delito penal: si concurren supuestos de mayor gravedad (valor elevado, redes de tráfico, intención criminal), la causa puede convertirse en procedimiento penal y llevar a juicio.
¿Te pueden acusar solo por ser destinatario?
Ser destinatario formal (tu nombre en el albarán) no es prueba automática de culpabilidad.
Para sancionar o acusar penalmente debe acreditarse posesión efectiva, control físico sobre la mercancía o participación/voluntad (p. ej., comprar, ordenar, recibirla, venderla).
Las autoridades pueden abrir expediente y proponer sanción; corresponderá al órgano sancionador o al juez valorar las pruebas.
Derechos y precauciones inmediatas (qué hacer al momento)
No admitir hechos que no sean verdad. Evita declaraciones espontáneas que puedan perjudicarte.
No firmes documentos cuyo contenido no entiendas; pide copia de todo lo que te entreguen.
Solicita un abogado (especialista en derecho penal/administrativo o derecho aduanero según el caso).
Recoge y guarda pruebas: llamadas, mensajes con la empresa de paquetería, movimientos bancarios, capturas de pantalla de compras, fotos del albarán si te lo permiten.
Solicita el expediente y copia de las diligencias (acta de aprehensión, etc.) para conocer los hechos que se te imputan.
No intentes destruir pruebas ni reactivar la entrega. Eso empeora la situación.
Si te citan a declarar, pide constancia escrita y, si procede, la presencia de tu abogado.
Caso real — cómo ayudamos y por qué ganó el cliente
Resumen del caso.
Un envío postal fue interceptado por la Guardia Civil en el centro de distribución de la empresa de paquetería. En el paquete se encontraron 10 kg de picadura de tabaco sin precintas fiscales. El albarán indicaba un destinatario (nuestro cliente). La AEAT inició expediente y concluyó imponiendo una multa administrativa de 4.800 € (300% del valor estimado del tabaco), por infracción grave de contrabando. El destinatario negó haber pedido o recibido el paquete.
Qué hicimos (pasos de nuestra intervención)
Acceso al expediente: solicitamos y analizamos todas las diligencias, actas y comunicaciones (acta de intervención, oficio de la Guardia Civil, albaranes de la empresa de paquetería, acta de depósito).
Revisión técnica-jurídica: identificamos lagunas probatorias clave: no constaba posesión física ni actuación alguna de recepción por parte del destinatario; la supuesta manifestación verbal que la Administración alegaba no estaba reflejada en diligencia conforme a la normativa (artículos aplicables que exigen constancia).
Fundamos la reclamación en que la sanción se basaba en una mera presunción (ser destinatario en un albarán) y en la aplicación indistinta de términos imprecisos (“detentación/tenencia”), cuando la ley exige acreditarse la tenencia real (control físico).
Presentamos argumentos jurídicos sobre la falta de correspondencia entre los hechos probados y el tipo infractor, y la vulneración del principio de tipicidad y presunción de inocencia.
Reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo: planteamos la nulidad de la sanción por falta de prueba suficiente de la conducta imputada.
Resultado
El Tribunal Económico-Administrativo regional estimó la reclamación y anuló la sanción.
Motivos: no hubo acreditación de tenencia efectiva ni de comportamiento que demuestre comercialización; la Administración se apoyó en presunciones insuficientes y en una redacción ambigua de los hechos probados.
Si te han interceptado un paquete con contenido supuestamente ilegal —o temes que puedan relacionarte con uno— no des por hecho que estás condenado. Ser destinatario no equivale a ser culpable, y existen vías sólidas para defenderte.
En mi despacho analizamos cada expediente desde cero, detectamos fallos probatorios y construimos una defensa técnica basada en tus derechos y en la falta de acreditación real de la tenencia o participación. Ya hemos conseguido anular sanciones y procedimientos en situaciones como la tuya.
Contacta conmigo hoy mismo y revisaremos tu caso con total confidencialidad.

Boudevin Abogados
Teléfono:
+34 640 89 54 91
+ 34 941 87 21 34
Email: andresfernandezabogado@hotmail.com
Dirección: Avenida de la Gran Vía Juan Carlos I, número 33-35 entreplanta A, 26002, Logroño
Divorcios
Divorcios express
Regímenes Económicos Matrimoniales
Incumplimiento de Sentencia o Convenio Regulador
Pensión de Alimentos
Pensión Compensatoria
Ruptura Parejas de Hecho
Extinción de Proindiviso y Condominio
Extranjería
Gestión VISA
Tramites de residencia
Obtención de nacionalidad
Reagrupación familiar
Asilo
Pagina web creada y negocio posicionado por:

