
ABOGADO AMENAZAS LOGROÑO
BOUDEVIN ABOGADOS LOGROÑO
Abogados especialista en delitos de amenazas en Logroño
¿Estás buscando un abogado en Logroño que te pueda ayudar en cuestiones relacionadas con amenazas? Mi nombre es Andrés Leonardo Fernández Boudevin, y como abogado especializado en casos de amenazas, estoy aquí para ofrecerte la representación legal y el asesoramiento que necesitas.
Cuento con experiencia en una amplia variedad de casos relacionados con amenazas, desde situaciones menores hasta casos más complejos, y puedo asistirte en cada paso del proceso legal, desde la evaluación inicial hasta la resolución o el juicio. Como abogado especializado en este ámbito, mi compromiso es asegurar que se respeten tus derechos y que recibas la protección legal adecuada ante cualquier amenaza sufrida.
Mi objetivo es brindarte una representación legal efectiva y un asesoramiento claro en todos los aspectos de tu caso. Trabajaré contigo para comprender a fondo las circunstancias de tu situación y desarrollar la mejor estrategia posible para defender tus intereses. Además, me aseguraré de que estés informado en cada etapa del proceso, para que puedas tomar decisiones informadas que protejan tu bienestar y tu futuro.
Si necesitas ayuda legal en Logroño en relación con amenazas, no dudes en contactarme. Estoy aquí para apoyarte en este momento complicado y para ayudarte a obtener la protección y justicia que mereces. Llámame para programar una consulta y analizar juntos cómo puedo ayudarte a proteger tus derechos.



¿Qué es el delito de amenazas?
El delito de amenazas es una conducta tipificada en el Código Penal español que se refiere a la acción de comunicar a una persona, de manera directa o indirecta, la intención de causarle un mal grave. Este mal puede afectar diversos aspectos de su vida, como su integridad física, emocional, patrimonial o incluso la de personas cercanas a ella. El objetivo de la amenaza suele ser generar miedo, inseguridad o intimidación en la víctima, lo que afecta su libertad y tranquilidad.
Elementos clave del delito de amenazas.
Comunicación de un mal futuro y grave:
Para que se configure el delito, es necesario que el autor anuncie un daño que sea significativo, como lesiones, agresiones, pérdida de bienes, divulgación de información privada o cualquier otra acción que pueda alterar gravemente la vida de la víctima.
El mal debe ser plausible, es decir, que pueda percibirse como real o factible.
Medios empleados:
Las amenazas pueden realizarse de diferentes maneras, como verbalmente, por escrito o a través de medios digitales.
En la actualidad, el uso de redes sociales, correos electrónicos o aplicaciones de mensajería para amenazar a alguien ha aumentado significativamente, lo que también ha generado nuevos retos legales.
Intención de intimidar:
El autor debe tener la voluntad de generar temor o inseguridad en la víctima, lo que implica una intención dolosa. Si la amenaza fue accidental o no estaba destinada a intimidar, no se considerará delito.
Efecto en la víctima:
Para que una amenaza sea punible, debe provocar miedo o inquietud en la víctima. Este efecto depende de las circunstancias personales del afectado y de la gravedad del mal anunciado.
Clasificación del delito de amenazas según el Código Penal español
El Código Penal diferencia entre varios tipos de amenazas según su naturaleza y gravedad:
Amenazas graves (Art. 169):
Implican anunciar un daño que constituya un delito grave, como agresiones físicas o patrimoniales. Estas amenazas pueden ser:
Condicionales: Cuando se exige a la víctima cumplir una condición (como entregar dinero o realizar una acción) para evitar el daño.
Incondicionales: Cuando no se exigen condiciones y el autor simplemente anuncia el daño.
Amenazas dirigidas a colectivos (Art. 170):
Estas amenazas se dirigen a grupos de personas, como una comunidad, un colectivo social o profesional. El objetivo suele ser generar miedo colectivo, y las penas suelen ser más severas.
Amenazas leves (Art. 171):
Se refieren a males menos significativos, pero que aún afectan la tranquilidad de la víctima. Este tipo de amenazas solo se persiguen mediante denuncia de la persona afectada.
Amenazas en el ámbito familiar o de género:
En casos de violencia doméstica o de género, las amenazas adquieren una especial relevancia, ya que suelen formar parte de un patrón de abuso. La legislación española establece penas más severas para proteger a las víctimas.
Consecuencias legales del delito de amenazas
Las sanciones asociadas al delito de amenazas dependen de factores como la gravedad del daño anunciado, las circunstancias del caso y el medio empleado para realizar la amenaza. Entre las penas más comunes se encuentran:
Prisión: En casos graves, las penas pueden oscilar entre seis meses y cinco años, dependiendo de si se logró o no el propósito de la amenaza.
Multas: En amenazas leves, las penas suelen ser multas proporcionales a la gravedad del hecho.
Órdenes de alejamiento: En contextos de violencia familiar o de género, se pueden imponer medidas cautelares para proteger a la víctima.
Penas más severas para amenazas colectivas o reiteradas: Si el autor utiliza medios públicos, como redes sociales, para difundir amenazas, las penas pueden aumentar.
Amenazas en la era digital
Con el auge de la tecnología, las amenazas a través de medios electrónicos han ganado protagonismo. Algunos ejemplos comunes incluyen:
Mensajes intimidantes en redes sociales.
Correos electrónicos con contenido amenazante.
Difusión de información personal con fines intimidatorios (doxing).
Uso de aplicaciones de mensajería para hostigar o amedrentar.
Estos casos presentan desafíos únicos, como la identificación del autor y la recopilación de pruebas digitales válidas. Es fundamental contar con un abogado especializado que pueda asesorar sobre cómo actuar ante este tipo de situaciones.
Importancia de contar con un abogado especializado en amenazas
Enfrentar un caso de amenazas, ya sea como víctima o acusado, puede ser un proceso complejo. Contar con un abogado especializado en amenazas en Logroño es fundamental para:
Proteger tus derechos: Un abogado te ayudará a garantizar que se respeten tus derechos en todo momento, tanto si necesitas protección como si debes defenderte de una acusación.
Recopilar pruebas: En casos de amenazas, las pruebas son esenciales. Un profesional puede asesorarte sobre cómo documentar mensajes, grabaciones o cualquier otro elemento relevante.
Diseñar una estrategia legal adecuada: Cada caso es único, y un abogado especializado te ayudará a elegir la mejor estrategia, ya sea para presentar una denuncia o para enfrentar una acusación.
Acompañamiento en el proceso judicial: Desde la interposición de la denuncia hasta la resolución del caso, contar con asesoramiento legal asegura que el procedimiento sea justo y eficiente.
El delito de amenazas es un tema serio que afecta la seguridad y libertad de las personas. Si necesitas ayuda legal en Logroño, ya sea como víctima o acusado, un abogado especializado puede marcar la diferencia en el resultado de tu caso.
Te explicamos como abogados especialistas delitos de amenazas en Logroño que es el delito de amenazas y que penas tiene
Tipos penas por delito de amenazas en Logroño
El delito de amenazas, regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal español, tiene diferentes penas dependiendo de la gravedad de la amenaza, la forma en que se realiza y las circunstancias específicas del caso. Las sanciones incluyen multas, penas de prisión, órdenes de alejamiento y, en algunos casos, medidas de protección para la víctima.
1. Penas para amenazas graves (Artículo 169 del Código Penal)
Las amenazas graves son aquellas que anuncian un mal que constituya un delito y cuya ejecución dependería exclusivamente de la voluntad del autor. Estas amenazas pueden ser condicionales o incondicionales:
Amenazas graves condicionales:
Si el autor exige una condición (por ejemplo, entregar dinero o realizar una acción) y logra su propósito, la pena es de prisión de 1 a 5 años.
Si no se consigue el propósito, la pena se reduce a prisión de 6 meses a 3 años.
Amenazas graves no condicionales:
Si no se exige ninguna condición, pero se comunica la intención de causar un daño grave, la pena es de prisión de 6 meses a 2 años.
2. Penas para amenazas dirigidas a colectivos (Artículo 170 del Código Penal)
Si las amenazas están dirigidas a atemorizar a un grupo de personas, como una población, colectivo profesional, grupo social o religioso, y tienen la gravedad necesaria para infundir miedo colectivo, las penas se agravan:
Penas superiores en grado a las establecidas en el artículo 169 para amenazas graves. Esto significa que, dependiendo del caso, las penas pueden alcanzar los 6 años de prisión.
3. Penas para amenazas de mal no constitutivo de delito (Artículo 171 del Código Penal)
Cuando la amenaza implica un mal que no constituye un delito, las penas son menos severas pero no por ello menos significativas:
Amenazas condicionales:
Si se exige una conducta indebida (como un pago injustificado o un favor), la pena puede ser de:
Prisión de 3 meses a 1 año, o
Multa de 6 a 24 meses, dependiendo de las circunstancias.
Amenazas relacionadas con chantajes o coacciones:
Si se utiliza la amenaza para obtener algo a cambio (por ejemplo, dinero o bienes), la pena puede ser:
Prisión de 1 a 5 años si se consigue el propósito.
Prisión de 6 meses a 3 años si no se logra el objetivo.
4. Penas para amenazas leves (Artículo 171.7 del Código Penal)
Las amenazas leves son aquellas que, aunque no impliquen un daño grave, afectan la tranquilidad de la víctima. Este tipo de amenazas son perseguibles solo mediante denuncia de la persona agraviada:
La pena consiste en una multa de 1 a 3 meses.
5. Penas para amenazas en el ámbito familiar o de género
Cuando las amenazas ocurren en el contexto de violencia de género o violencia familiar, las penas son más severas debido a la especial protección que el Código Penal otorga a las víctimas vulnerables:
Amenazas graves:
Pena de prisión de 6 meses a 1 año, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
Se pueden imponer además medidas como órdenes de alejamiento o prohibición de comunicación con la víctima.
Amenazas leves en este contexto:
Prisión de 6 meses a 1 año.
Estas penas pueden combinarse con medidas de protección adicionales.
6. Otras medidas relacionadas con las amenazas
Además de las penas principales, el juez puede imponer otras medidas dependiendo de la gravedad del caso y las circunstancias específicas:
Órdenes de alejamiento:
En casos de amenazas graves o en el ámbito familiar, se puede ordenar que el autor no se acerque ni contacte con la víctima durante un periodo de tiempo determinado.
Medidas de protección:
Se pueden dictar medidas cautelares para garantizar la seguridad de la víctima, como vigilancia policial o prohibición de residir en ciertas zonas.
Suspensión de empleo y profesión:
En casos donde las amenazas estén relacionadas con el ámbito profesional del acusado, este podría ser inhabilitado temporalmente.
Factores que influyen en la gravedad de la pena
Las penas por el delito de amenazas pueden variar según factores como:
Gravedad del mal anunciado: Si el daño prometido es muy grave (por ejemplo, atentar contra la vida), las penas serán mayores.
Relación con la víctima: Las amenazas en el ámbito familiar o de género tienen penas más severas.
Medio empleado: Las amenazas realizadas por medios digitales (como redes sociales) pueden considerarse agravadas si tienen amplia difusión o generan un mayor impacto.
Reincidencia: Si el autor ha cometido previamente delitos similares, las penas pueden incrementarse.
Te explicamos como abogados especialistas delitos de amenazas en Logroño, te explicamos las diferentes penas que existen para este delito
Contacta con nosotros si buscas un abogado de delito de amenazas en Logroño
Si has sido acusado de realizar amenazas o eres víctima de este delito en Logroño, lo más importante es contactar con un abogado experto en amenazas. Este profesional te proporcionará el asesoramiento necesario sobre las posibles consecuencias legales, analizará las pruebas disponibles y se asegurará de que tus derechos sean protegidos en todo momento durante el proceso judicial.
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