¿Qué pasa si atropello a un animal suelto?

Accidente por caballos sueltos en carretera: logramos la condena del propietario y la Audiencia Provincial de Burgos confirmó la indemnización por daños y lesiones.

CIVIL

Andrés Fernández Boudevin

5/11/20263 min read

Caso real ganado por nuestro despacho

Atropellar un animal suelto puede convertirse en una experiencia traumática y, además, en un problema jurídico importante.

Muchos conductores creen que estos accidentes son “fortuitos” y que nadie responde por ellos. Sin embargo, cuando el animal tiene propietario identificado, la situación cambia completamente.

Y precisamente eso ocurrió en un caso real llevado por nuestro despacho, que terminó con condena al propietario de varios caballos que irrumpieron en la carretera y provocaron un accidente de tráfico confirmado posteriormente por la Audiencia Provincial de Burgos.

El accidente: cuatro caballos irrumpen en la carretera

Todo ocurrió de noche, en una carretera próxima a Miranda de Ebro.

Nuestros clientes circulaban con normalidad cuando cuatro caballos aparecieron súbitamente en la vía.

No hubo tiempo para reaccionar.

El vehículo impactó violentamente contra uno de los animales, que murió en el acto. El coche sufrió daños muy importantes y los ocupantes padecieron lesiones leves.

A partir de ahí comenzó un procedimiento judicial en el que asumimos la dirección jurídica de la acusación para reclamar:

  • los daños materiales,

  • las lesiones,

  • y la responsabilidad del propietario de los animales.

¿Qué dice la ley cuando atropellas un animal con dueño?

La clave jurídica de este tipo de accidentes está en el artículo 1905 del Código Civil.

La norma establece que:

el poseedor de un animal responde de los daños que cause, aunque el animal se escape.

Esto significa algo muy importante:

El propietario puede responder aunque no exista una negligencia directa demostrada.

Es decir, no hace falta acreditar:

  • que dejó la puerta abierta,

  • que rompió una valla,

  • o que actuó de forma imprudente.

Basta con demostrar:

  • que el animal era suyo,

  • y que causó el accidente.

Primera sentencia: el juzgado condena al propietario de los caballos

La primera resolución judicial fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Miranda de Ebro.

Durante el procedimiento, la defensa intentó negar que los caballos pertenecieran al demandado.

Sin embargo, conseguimos acreditar la titularidad mediante:

  • el atestado de Guardia Civil,

  • documentación aportada al procedimiento,

  • comunicaciones posteriores,

  • y el propio interrogatorio del demandado.

Ese punto fue fundamental.

Porque en este tipo de procedimientos, la gran batalla jurídica suele centrarse en demostrar quién era realmente el propietario del animal.

¿Qué indemnización reconoció el juzgado?

La sentencia condenó al demandado a pagar:

  • más de 4.000 € por los daños del vehículo,

  • indemnización por lesiones leves,

  • intereses legales,

  • y costas procesales.

La jueza consideró acreditado:

  • el fuerte impacto,

  • la gravedad de los daños,

  • y la relación directa entre la irrupción de los caballos y el accidente.

Además, aplicó expresamente la responsabilidad prevista en el artículo 1905 del Código Civil.

Segunda sentencia: la Audiencia Provincial confirma íntegramente la condena

El propietario de los animales recurrió la sentencia.

La estrategia de la defensa consistió en intentar desmontar la prueba aportada durante el procedimiento:

  • cuestionando documentos,

  • impugnando informes periciales,

  • y negando nuevamente la titularidad de los caballos.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Burgos desestimó íntegramente el recurso y confirmó la condena.

La Audiencia fue especialmente contundente en un punto

La Sala señaló que, incluso dejando al margen algunos documentos discutidos por la defensa, la propia declaración del demandado ya permitía concluir que los animales eran suyos.

Es decir:

  • la prueba practicada en juicio,

  • el interrogatorio,

  • y el conjunto de indicios
    resultaban suficientes para mantener la responsabilidad civil.

La Audiencia también confirmó:

  • la valoración de los daños del vehículo,

  • la indemnización concedida,

  • y la condena en costas.

¿Y si el animal no tiene dueño?

En casos de fauna salvaje o animales no identificados, la situación jurídica cambia y la responsabilidad puede depender del seguro o de circunstancias muy concretas.

Pero cuando existe un propietario identificado —como ocurrió en este caso con los caballos— la responsabilidad civil suele ser mucho más clara.

Conclusión

El caso llevado por nuestro despacho y confirmado por la Audiencia Provincial de Burgos demuestra una realidad jurídica muy importante:

cuando un animal doméstico invade la carretera y provoca un accidente, el propietario puede ser condenado a indemnizar todos los daños causados.

Por eso, tras un accidente de este tipo:

  • la actuación inmediata,

  • la prueba,

  • y la estrategia jurídica
    son fundamentales para poder reclamar correctamente los daños sufridos.

En Boudevin Abogados trabajamos para ofrecerte una defensa jurídica sólida, cercana y eficaz en cada fase del procedimiento.

Porque cuando ocurre un accidente, no solo importa lo que ha pasado. Importa quién defiende tus derechos.

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