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ABOGADO AMENAZAS CALAHORRA

BOUDEVIN ABOGADOS CALAHORRA

Abogados especialista en delitos de amenazas en Calahorra

¿Estás buscando un abogado en Calahorra que te ayude en cuestiones relacionadas con amenazas? Mi nombre es Andrés Leonardo Fernández Boudevin, y como abogado especializado en casos de amenazas, estoy aquí para ofrecerte la representación legal y el asesoramiento que necesitas.

Tengo experiencia en una amplia variedad de casos relacionados con amenazas, desde situaciones menos graves hasta casos complejos. Puedo asistirte en cada paso del proceso legal, desde la evaluación inicial hasta la resolución o el juicio. Mi compromiso como abogado especializado en este ámbito es garantizar que se respeten tus derechos y que recibas la protección legal adecuada ante cualquier amenaza sufrida.

Mi prioridad es ofrecerte una representación legal efectiva y un asesoramiento claro en todos los aspectos de tu caso. Trabajaré contigo para entender en profundidad las circunstancias de tu situación y desarrollar la mejor estrategia posible para proteger tus intereses. Además, me encargaré de mantenerte informado en cada etapa del proceso, para que puedas tomar decisiones informadas que salvaguarden tu bienestar y tu futuro.

Si necesitas ayuda legal en Calahorra en relación con amenazas, no dudes en contactarme. Estoy aquí para apoyarte en este momento difícil y ayudarte a obtener la protección y justicia que mereces. Llámame para programar una consulta y analizar juntos cómo puedo ayudarte a defender tus derechos.

Abogado Amenazas Calahorra Andrés Fernández Boudevin
Abogado Amenazas Calahorra Andrés Fernández Boudevin
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¿Qué es el y que implica cometer un delito de amenazas en Calahorra?

Abogado especializado en amenazas en Calahorra

El delito de amenazas es una conducta recogida en el Código Penal español, que implica comunicar a una persona, directa o indirectamente, la intención de causarle un daño grave. Este daño puede impactar en su integridad física, emocional, económica o incluso en personas cercanas. Las amenazas tienen como objetivo generar miedo, inseguridad o intimidación, afectando la libertad y tranquilidad de la víctima.

Elementos clave del delito de amenazas

  1. Comunicación de un mal futuro y grave:

    • Para configurar el delito, el autor debe anunciar un daño significativo, como lesiones, agresiones, pérdida de bienes o divulgación de información privada.

    • El daño debe percibirse como real y plausible.

  2. Medios empleados:

    • Las amenazas pueden comunicarse verbalmente, por escrito o mediante medios digitales como redes sociales o aplicaciones de mensajería.

  3. Intención de intimidar:

    • El autor debe actuar con voluntad de generar temor o inseguridad. Si la acción no fue intencionada, no constituye delito.

  4. Efecto en la víctima:

    • La amenaza debe provocar miedo o inquietud, dependiendo de las circunstancias personales de la víctima y la gravedad del daño anunciado.

Tipos de amenazas según el Código Penal español

  1. Amenazas graves (Art. 169):

    • Daños que constituyen delitos graves, como agresiones físicas o patrimoniales.

    • Se clasifican en:

      • Condicionales: Exigen cumplir una condición para evitar el daño.

      • Incondicionales: No requieren condiciones.

  2. Amenazas a colectivos (Art. 170):

    • Dirigidas a grupos de personas, como comunidades o colectivos sociales, con penas más severas por su impacto colectivo.

  3. Amenazas leves (Art. 171):

    • Males menos graves, que solo se persiguen mediante denuncia de la víctima.

  4. Amenazas en el ámbito familiar o de género:

    • Reciben un trato especial en la legislación española debido a su gravedad y contexto de abuso.

Consecuencias legales del delito de amenazas

Las penas varían según la gravedad y circunstancias del caso:

  • Prisión: Entre seis meses y cinco años en casos graves.

  • Multas: En amenazas leves.

  • Órdenes de alejamiento: En contextos de violencia familiar o de género.

  • Penas aumentadas: En casos de amenazas colectivas o reiteradas, especialmente en medios digitales.

Amenazas en la era digital

El uso de tecnología ha dado lugar a nuevos retos legales:

  • Mensajes intimidantes en redes sociales.

  • Correos electrónicos amenazantes.

  • Difusión de información personal con fines intimidatorios (doxing).

  • Acoso en aplicaciones de mensajería.

Estos casos requieren la identificación del autor y la recopilación de pruebas digitales, por lo que es imprescindible contar con un abogado especializado en amenazas en Calahorra.

La importancia de un abogado experto en amenazas en Calahorra

Enfrentar un caso de amenazas, ya sea como víctima o acusado, puede ser complejo. Contar con un abogado especializado en Calahorra es fundamental para:

  • Proteger tus derechos: Garantizando que se respeten en todo momento.

  • Recopilar pruebas: Asesoramiento para documentar mensajes, grabaciones y otros elementos clave.

  • Diseñar estrategias legales: Personalizadas para denunciar o defenderse de una acusación.

  • Acompañamiento legal: Durante todo el proceso judicial.

¿Buscas un abogado experto en amenazas en Calahorra?

El delito de amenazas es un tema serio que afecta la seguridad y tranquilidad de las personas. Si te enfrentas a este problema en Calahorra, ya sea como víctima o acusado, contar con un abogado especializado puede marcar la diferencia. Contacta conmigo, Andrés Leonardo Fernández Boudevin, para recibir el asesoramiento y representación legal que necesitas. Te ayudaré a proteger tus derechos y a enfrentar este proceso con la confianza de estar en las mejores manos.

Te explicamos como abogados especialistas delitos de amenazas en Calahorra que es el delito de amenazas y que penas tiene

Tipos penas por delito de amenazas en Calahorra

Delito de amenazas: penas y regulaciones en el Código Penal español

El delito de amenazas, regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal español, establece diversas penas en función de la gravedad de la amenaza, el medio empleado y las circunstancias concretas del caso. A continuación, se detallan las principales categorías y sanciones asociadas.

1. Penas para amenazas graves (Artículo 169 del Código Penal)

Amenazas graves condicionales:

  • Cuando se exige una condición y se logra el propósito: Pena de prisión de 1 a 5 años.

  • Cuando no se cumple el propósito: Pena de prisión de 6 meses a 3 años.

Amenazas graves no condicionales:

  • Sin exigencia de condiciones: Pena de prisión de 6 meses a 2 años.

2. Penas para amenazas dirigidas a colectivos (Artículo 170 del Código Penal)

Si las amenazas están dirigidas a grupos de personas, como comunidades, colectivos profesionales o grupos sociales:

  • Se aplican penas superiores en grado a las establecidas para amenazas graves. Estas pueden alcanzar los 6 años de prisión, dependiendo de las circunstancias.

3. Penas para amenazas de mal no constitutivo de delito (Artículo 171 del Código Penal)

Amenazas condicionales:

  • Con exigencia indebida (por ejemplo, pagos injustificados):

    • Pena de prisión de 3 meses a 1 año, o

    • Multa de 6 a 24 meses, según las circunstancias.

Amenazas relacionadas con chantajes o coacciones:

  • Cuando el autor busca obtener algo a cambio:

    • Pena de prisión de 1 a 5 años si logra su propósito.

    • Pena de prisión de 6 meses a 3 años si no lo consigue.

4. Penas para amenazas leves (Artículo 171.7 del Código Penal)

Las amenazas leves afectan la tranquilidad de la víctima pero no implican un daño grave. Estas solo se persiguen mediante denuncia de la persona agraviada:

  • Pena de multa de 1 a 3 meses.

5. Penas para amenazas en el ámbito familiar o de género

Cuando las amenazas ocurren en contextos de violencia de género o violencia familiar, las sanciones son más severas:

Amenazas graves:

  • Pena de prisión de 6 meses a 1 año, o

  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.

  • Se pueden imponer medidas adicionales como órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación.

Amenazas leves:

  • Pena de prisión de 6 meses a 1 año.

  • También pueden establecerse medidas de protección específicas.

6. Otras medidas relacionadas con las amenazas

Además de las penas principales, el juez puede imponer otras medidas dependiendo de la gravedad del caso:

  • Órdenes de alejamiento: Impuestas en casos graves o en el ámbito familiar para garantizar la seguridad de la víctima.

  • Medidas de protección: Vigilancia policial, prohibición de residir en determinadas zonas o cualquier otra acción que proteja a la víctima.

  • Suspensión de empleo o profesión: Aplicable si las amenazas están vinculadas al ámbito profesional del autor.

Factores que influyen en la gravedad de las penas

La determinación de las penas puede variar en función de diversos factores:

  1. Gravedad del mal anunciado: Cuanto más grave sea el daño prometido, mayores serán las penas.

  2. Relación con la víctima: En casos de violencia familiar o de género, las penas son más severas.

  3. Medios empleados: Las amenazas realizadas por medios digitales, como redes sociales, pueden considerarse agravantes debido a su mayor alcance.

  4. Reincidencia: Si el autor ha cometido delitos similares previamente, las sanciones se incrementan.

Te explicamos como abogados especialistas delitos de amenazas en Calahorra, te explicamos las diferentes penas que existen para este delito

Contacta con nosotros si buscas un abogado de delito de amenazas en Calahorra

Si has sido acusado de realizar amenazas o eres víctima de este delito, es fundamental que busques cuanto antes el apoyo de un abogado especializado en amenazas. Este profesional te brindará el asesoramiento necesario sobre las posibles consecuencias legales, analizará las pruebas disponibles y velará porque tus derechos sean protegidos durante todo el proceso judicial. Contar con un experto marcará la diferencia para afrontar este tipo de situaciones de manera eficiente y con las máximas garantías.